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Alternativas a la evaluación presencial en los Certificados de Profesionalidad

por Raúl Rando

Recientemente, he tenido la oportunidad de analizar el borrador de Real Decreto que modificará al RD 34/2008, de 18 de Enero, por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad. En términos generales, la valoración que hago de este borrador es muy positiva, ya que supone una apuesta inequívoca por integrar las TIC y el e-Learning en las acciones formativas conducentes a la obtención de un Certificado de Profesionalidad, sentando las bases para que se puedan impartir dichas acciones bajo modalidad e-Learning y estableciendo medidas que conllevan grandes implicaciones con respecto a la no obligatoriedad de disponer de instalaciones físicas propias para impartir un Certificado de Profesionalidad.

Se trata de un documento muy denso en el que se modifican diferentes aspectos relacionados con la acreditación de la experiencia laboral, la acreditación de centros, la posibilidad de programar Certificados de Profesionalidad no sólo bajo modalidad de oferta, sino también como formación de demanda, los requisitos de los formadores, etc., elementos todos ellos merecedores de un análisis en profundidad; sin embargo, hoy me quiero centrar en uno de los elementos más importantes de todo proceso formativo y al que, a menudo, no se presta la atención que requiere dada su importancia: la evaluación.

A este respecto, en el borrador se contempla la posibilidad de impartir acciones formativas conducentes a la obtención de un Certificado de Profesionalidad bajo modalidad e-Learning; sin embargo, se señala que los módulos formativos que se desarrollen mediante teleformación, en todo o en parte, requerirán la realización de, al menos, una prueba final de carácter presencial. En este sentido, considero que no es del todo coherente permitir que un módulo formativo se pueda desarrollar mediante teleformación y que la evaluación de dicho módulo tenga que ser de carácter presencial. Además, no me parece la opción más adecuada porque separa la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje, cuando la evaluación debe tener un carácter sistemático, formativo y continuo, estando presente durante todo el proceso.

Parto de la base de que la evaluación presencial está muy asentada y que, a corto plazo, puede parecer a priori como la opción más segura y la que permite un mayor control sobre el alumno. Sin embargo, partir de un esquema en el que sólo la evaluación de carácter presencial se considere como una opción segura y adecuada, implicaría adoptar un movimiento de retroceso en la concepción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y una anulación de las principales bondades del e-Learning (mayor flexibilidad de acceso, personalización de la formación, eliminación de las limitaciones espacio-temporales, etc.) las cuales son precisamente las que permiten el acceso a la formación por parte de trabajadores que de otro modo y por sus circunstancias personales y/o profesionales, no podrían acceder a la misma y a los que, por tanto, se les haría un flaco favor en el caso de obligarles a acudir presencialmente a realizar la correspondiente evaluación de sus procesos formativos, en muchos casos a centros bastante alejados de su lugar de residencia.

Entiendo que se están sentando bases muy importantes para el e-Learning y que la de la evaluación es una cuestión en la que se debería ir avanzando próximamente, dando los pasos hasta poder adoptar otras modalidades de evaluación diferentes a la presencial y en coherencia con la impartición vía e-Learning, ya que existen actualmente tecnologías y aplicaciones que permiten que el alumno pueda, además de recibir la formación, llevar a cabo también las pruebas de evaluación que se consideren oportunas desde cualquier lugar, incluido su propio domicilio. Con respecto a esta cuestión, existen centros y herramientas de evaluación telemáticos que aseguran la identificación y autentificación del alumno de manera tal que permiten controlar la realización de las pruebas de evaluación que se consideren oportunas y que posibilitan, además, registrar dichas pruebas y enviarlas para su posterior corrección y valoración, lo cual considero puede y debe suponer un punto de partida hacia la implantación y normalización de otras modalidades de evaluación alternativas a la presencial.

No obstante, en ese camino habría que ir resolviendo una serie de interrogantes, tales como… ¿acaso se perdería rigor y control en la evaluación si no se lleva a cabo una evaluación presencial? ¿Podría ser éste un esquema válido para cualquier evaluación o hay determinados procesos evaluativos que deben desarrollarse necesariamente bajo una modalidad presencial?

Raúl Rando González

Responsable del Laboratorio de Ideas de Formación Digital. Pedagogo y Logopeda. Trabajo en Formación Profesional para el Empleo, Consultoría, Investigación, Innovación y en aplicación de las TIC a los procesos de enseñanza-aprendizaje.

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  • Invitado

    Si bien existen métodos para controlar, identificar y autentificar el usuario, no en pocas ocasiones la entidad es permisiva o incluso fomenta prácticas poco éticas… Bien por maquillar unas cifras ante quién financia (%asistencia, %aprobados, %satisfacción) o priorizar la satisfacción del cliente (la adquisición sin esfuerzo de una certificación). En otras ocasiones el cliente y el proveedor actúan de la mejor fe, (hay empresas y trabajadores que se guían por un alto nivel de auto-exigencia), pero la coyuntura falla: las fechas se solapan con períodos de máxima actividad o sujetas a “agenda política” y no a necesidades-en-tiempo-real, por ejemplo.
    Creo que la evaluación presencial, ante un tribunal o simil, sí es necesario… Y ojalá ese tribunal tenga ese rigor.
    Necesitamos más evaluación-bien-entendida. Y sintiéndolo mucho, creo que en España no se evalúa. Priman que encajen las cifras, las estadísticas que afirmen “lo guapo y bien que hacemos todo, y hacerse la foto”.
    El discurso va más allá de una cuestión metodológica. Es un cuestionamiento del mismo sistema de FPE.
    Saludos,.

    • http://www.formaciondigital.com/ Raúl Rando González

      Efectivamente, he de admitir que en el sector nos podemos encontrar de todo: prácticas y evaluaciones más rigurosas y otras en las que priman otros intereses más relacionados con lo económico que con lo pedagógico o formativo. Pero desde aquellas entidades que nos preocupamos por mejorar progresivamente no sólo el servicio que ofrecemos, sino también el aprendizaje y la capacitación de los alumnos, debemos trabajar cada día para impulsar la excelencia en todos los aspectos que comprende la formación, incluidos los procesos evaluativos. Más allá de si se hace o no una evaluación adecuada (cuestión que daría para un amplio debate), considero que debe existir una coherencia entre las modalidades bajo las que se puede desarrollar un proceso formativo y las formas en las que se puede evaluar, y en torno a esa idea es en la que he tratado de posicionarme. Muchas gracias por tu aportación.

  • Emilio

    ¿Esta información que has expuesto es para FORMACION FORMAL o para FORMACION NO FORMAL?, entendiendo como la FORMACION NO FORMAL aquella que no conduce a la obtención del Certificado pero es VÁLIDA para la Acreditación  de la experiencia Laboral

    • http://www.formaciondigital.com/ Raúl Rando González

      En realidad, y de cara a los procesos evaluativos, yo no haría una distinción entre educación formal y no formal. Si concedemos validez metodológica a una modalidad de impartición como es el e-Learning, debemos ser coherentes y otorgar la misma validez a una evaluación telemática, siempre que se cumplan unos criterios de calidad previamente establecidos y entre los que garantizar la identificación y autentificación del alumno es clave. Personalmente, considero que ese el debate, independientemente de si el proceso formativo se dirige a la obtención de un Título de FP Inicial o de un Certificado de Profesionalidad, ya que en el ámbito de la FPE nos podemos encontrar ambos tipos de formación. Muchas gracias por tu comentario, Emilio.